Publicado en el BOE de 7 de abril de 2025 el extracto de la Resolución de la Dirección General del Instituto de la Juventud, por la que se convocan las Ayudas Injuve para la Creación Joven, año 2025-2026.
¿A quiénes van dirigidas?
Estas ayudas se dirigen a personas jóvenes creadoras de hasta 30 años (hasta 35 años para los proyectos de emprendimiento) para realizar proyectos de investigación, producción, movilidad, emprendimiento y comisariado de la Sala Amadís (sala de exposiciones propia del Injuve) en los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, el cómic y la ilustración, el diseño, la literatura y la música durante el año 2025.
¿Qué personas pueden beneficiarse de estas ayudas?
Se pueden beneficiar de estas ayudas las personas físicas y jurídicas, de nacionalidad española, y todas aquellas con residencia legal en España, que tengan entre 18 y 30 o 35 años de edad, según sea el objeto de la ayuda.
En los casos de proyectos en los que participe más de una persona es obligatorio que el requisito de edad lo cumplan tanto las personas beneficiarias como todas las colaboradoras en el mismo. (únicamente podrá exceptuarse este requisito cuando por exigencia del texto teatral se requiera).
Para los proyectos presentados por personas jurídicas, el requisito de edad se exigirá a todas las personas físicas que figuren como representantes en sus órganos directivos en el año de esta convocatoria.
Las personas beneficiarias de Ayudas Injuve para la Creación Joven en anteriores convocatorias no podrán solicitar ayuda para proyectos que se encuadren dentro de la misma línea de actuación por la que han sido beneficiarias.
Líneas de actuación
Los proyectos deben tener proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes líneas de actuación:
- Investigación: Estudio, desarrollo, o experimentación teórica o práctica en los ámbitos anteriores, (de 18 a 30 años), hasta 3.000 €.
- Producción de obra: realización de proyectos artísticos con libertad de formato y técnica (de 18 a 30 años), hasta 5.000 €.
- Movilidad de obra producida y/o creadoras/es: circulación de creadoras/es o su obra para participar en exposiciones, festivales, giras, o residencias en los ámbitos nacional o internacional (de 18 a 30 años), hasta 5.000 €.
- Comisariado de la Sala Amadís: la Sala Amadís es un espacio dedicado a la exposición en el Injuve y la ayuda se dirige tanto a proyectos expositivos como a la programación de iniciativas de creación en cualquiera de los ámbitos de la convocatoria (de 18 a 30 años), hasta 7.000 €. Las especificaciones técnicas de la sala están disponibles en la web del Injuve: www.injuve.es
- Emprendimiento: iniciativas de emprendimiento cultural que se inicien o que estén en desarrollo y necesiten un impulso (de 18 a 35 años), hasta 10.000 €.
Presentación de solicitudes
- A través de la sede electrónica, si se dispone de DNI digital o certificado digital. Es obligatorio firmar la solicitud para lo que es necesario disponer del programa de autofirma instalado en el dispositivo.
- A través del registro electrónico.
- A través del registro presencial del Injuve o de cualquier administración. El registro del Injuve requiere cita previa a través del teléfono 91 782 76 63.
- A través de las demás vías especificadas en el artículo 5.2 de esta convocatoria.
Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que estén incluidas en las circunstancias indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre están obligadas a presentar la solicitud a través de medios electrónicos.
Plazo de presentación de solicitudes
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE (OE» núm. 85, de 8 de abril de 2025), es decir, del 9 de abril de 2025 al 12 de mayo de 2025.
Puedes consultar el texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Más información en: https://www.injuve.es/ayudas-creacion-joven/noticia/ayudas-injuve-para-la-creacion-joven-2025-2026